Los subsidios al segmento automotor están a disposición de las personas que cumplen los criterios de elegibilidad para la subvención. Estos criterios son los siguientes:

  • El cilindraje del automotor. Los autos mayores a 2.201 cc, las camionetas mayores a 3.001 cc, jeep mayor a 2.401 cc y las motos mayores a 301 cc.
  • Las personas naturales o jurídicas que sean propietarias de tres o más vehículos, excluyendo motos, camiones, volquetas, ómnibus, tráiler, especial, tanquero.
  • Tipo de propietario: vehículos de propiedad de organizaciones no gubernamentales (ONG), misiones internacionales, organismos internacionales, cuerpos diplomáticos.
  • Los vehículos no matriculados. Se delegará a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) para que realice el plan de formalización, el cual deberá contemplar el plazo para la formalización que será de un año, y las facilidades de pago (condonación, planes de pago). Durante ese tiempo no se excluirá del subsidio por no estar matriculados.
  • Los vehículos cuyos propietarios tengan un ingreso igual o superior a $ 41.603,01 con base en la declaración del impuesto a la renta de personas naturales. Ese monto equivale a $ 3.466,9 mensuales.